La Consejería incrementa un 80% el presupuesto destinado a rehabilitación, lo que permitirá subvencionar hasta el 75% del coste total de la obra.
La Consejería de Empleo y Políticas Sociales, a través de la Dirección General de Vivienda, ha puesto en marcha un nuevo programa de ayudas a la rehabilitación energética de edificios dotado con 3,9 millones de euros que estarán destinados a subvencionar obras encaminadas a reducir el consumo de energía y las emisiones de dióxido de carbono.
El nuevo programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE), que podrá solicitarse hasta el próximo 31 de julio, es compatible con la convocatoria ordinaria de subvenciones a la rehabilitación, lo que permitirá que los beneficiarios puedan recibir ayudas de hasta el 75% del coste total de la obra.
Así lo ha explicado hoy en rueda de prensa la consejera de Empleo y Políticas Sociales, Ana Belén Álvarez, quien ha destacado que Vivienda destinará este año 9 millones de euros a subvencionar obras de rehabilitación, lo que supone un 80% más que en el ejercicio anterior.
“Nuestro objetivo, como lo es el del Gobierno de España, es aumentar el número de rehabilitaciones energéticas del parque edificado”, ha señalado la consejera, quien ha comparecido junto a la directora general de Vivienda, Eugenia Gómez de Diego, para presentar los detalles de la nueva convocatoria de ayudas.
Tras destacar el “salto cualitativo y cuantitativo” en el presupuesto destinado a rehabilitación, Ana Belén Álvarez ha apuntado que “son intervenciones fundamentales para impulsar la regeneración urbana y recuperar la ciudad construida, además de incidir en el ahorro de energía y en la reducción de emisiones de CO2”.
A ello, “hay que sumar también el apoyo que se da a la economía y a la creación de empleo con la reactivación de sectores como son el de instaladores, construcción o energías renovables, entre otros”, ha añadido.
Tres tipos de actuaciones
Las ayudas previstas en el programa de Rehabilitación Energética de Edificios recogen tres tipos de actuaciones: envolvente térmica, uso de energías renovables en las instalaciones térmicas —calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria— y, por último, la mejora en la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Pueden solicitar estas ayudas tanto personas físicas propietarias de edificios, como comunidades de propietarios, empresas y autónomos, entidades sin ánimo de lucro y asociaciones, entidades locales y del sector público y arrendatarios de edificios. El plazo de ejecución de las obras es de 18 meses.
Mejora de la calificación energética
La directora Eugenia Gómez de Diego ha explicado que las actuaciones de rehabilitación deberán ser sobre un edificio de viviendas o bien sobre uno de uso no residencial como puede ser el sanitario, administrativo, docente o cultural.
En todos los casos, los solicitantes deberán acreditar que la rehabilitación para la que solicitan subvención mejorará la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono con respecto a la calificación energética inicial del edificio.
“Con el objeto de incentivar aquellas actuaciones más eficientes, a mayor mejora de la eficiencia mayor porcentaje de subvención”, ha explicado.
En esta misma línea, también se incentivan las actuaciones integradas, es decir, aquellas que acometan mejora en dos o más tipologías. En este caso, la mejora sobre el porcentaje inicial será del 20%. Para acceder a ella, una de las mejoras debe ser sobre la envolvente térmica y ha de suponer una disminución mínima de la demanda global de calefacción y refrigeración del 30%; y, de otro, esta medida tiene que combinarse con otra actuación sobre la instalación térmica que suponga, al menos, la sustitución del 60% de la potencia de generación térmica existente o, en el caso de los edificios de uso diferente a la vivienda, con mejoras sobre la iluminación que impliquen un ahorro del 25% por ese concepto.
Apoyo a los colectivos más vulnerables
Estas ayudas son de concesión directa y se van a resolver por estricto orden de presentación, con un apoyo especial a colectivos desfavorecidos.
Así, los consumidores acreditados como vulnerables y que sean beneficiarios del bono social verán incrementados los porcentajes de ayuda en un 15%, de forma que, por ejemplo, una actuación sobre una envolvente térmica podría contar una subvención del 50% del coste total.
De igual modo, se aplica un 15% de mejora en el porcentaje de ayudas para las actuaciones que se realicen en edificios de vivienda que se encuentren acogidos a algún régimen de protección pública y aquellos que se ubiquen en las denominadas ‘Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas’.
En este sentido, Ana Belén Álvarez ha afirmado que desde el Gobierno de Cantabria “somos conscientes en el Gobierno de que, en este contexto de dificultades económicas tiene aún más importancia que los ciudadanos puedan disponer de ayudas para realizar actuaciones que mejoren las condiciones de habitabilidad de sus viviendas”.
Descripción , Regular las ayudas para obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de viviendas unifamiliares y edificios de tipología residencia colectiva.
Beneficiarios
Los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. Podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.
Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
Las sociedades cooperativas.
Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición.
Empresas de servicios energéticos.Requisitos de los arrendamientosTipo de vivienda: Vivienda unifamiliares y edificios.
El 50% de las viviendas del edificio o la vivienda unifamiliar deben constituir domicilio habitual.
Se exige una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración:
- Zonas climáticas D y E: 35%
- Zona climática C 25%
- Zonas climáticas alfa, A y B 20%
Antigüedad preferentemente anterior 1996
70% de la superficie de los edificios de uso residencial de vivienda.Cuantía de la ayudaLímite de la ayuda:
- Con carácter general 40% de la inversión.
- 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3IPREM
Viviendas unifamiliares:
- Hasta 12.000€
- Hasta 18.000€ para personas con discapacidad.
- Hasta 24.000€ para personas con determinado grado de discapacidad.
- Incremento por BIC: 1.000€
- Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes
Edificios
- Hasta 8.000€/vivienda y 80€/m2 de local
- Hasta 12.000€/vivienda para personas con discapacidad
- Hasta 16.000€/ vivienda para personas con grado más severo de discapacidad.
- Incremento por BIC: 1.000€/vivienda y 10€/m2 de local
- Incremento para menores de 35 años: 25% en municipios con menos de 5.000 habitantes
Se podrá consultar toda la información en la web viviendacantabria.es
Fuente: cantabria.es